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PAIS VASCO.- 02/04/2007 El Gobierno vasco aprueba el blindaje ecológico de la costa

lunes 20 de octubre de 2014, 14:42h
El Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral que ha sido aprobado definitivamente, servirá para garantizar un mayor grado de blindaje ambiental y ecológico del patrimonio natural que constituye el litoral de la Comunidad Autónoma vasca.
La consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco, Esther Larrañaga, presentaba recientemente el plan aprobado por el Consejo de Gobierno, y afirmaba que este Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral (PTS), “garantiza un mayor blindaje ecológico y ambiental de la costa vasca”.
El ámbito de ordenación de este plan es la franja de anchura mínima de 500 metros a partir del límite interior de la ribera del mar, que es la zona de influencia definida por la Ley de Costas. Además, esta área se hace extensible a los márgenes de ríos hasta donde se haga sensible la influencia de las mareas. En esa zona de ordenación, el plan establece los criterios de protección, mejora y conservación de los recursos naturales, así como las directrices para regular el uso público del litoral. Además, propone criterios tanto para el señalamiento de zonas de especial protección, como para la inclusión de determinadas áreas en el catálogo de zonas ambientalmente sensibles del litoral vasco.
La consejera explicó que el objetivo es “proteger, ordenar y optimizar la coordinación de actuaciones territoriales y urbanísticas entre las diferentes administraciones que operan sobre el litoral y su entorno terrestre”, para garantizar así “la máxima eficacia para preservar lo que ambientalmente goza de buena salud y mejorar o regenerar las zonas que lo requieran”.
En cuanto a las cinco categorías de protección y usos que contempla el PTS, distinguió la zona de especial protección subdividida en dos categorías, una de “protección estricta que impide realizar actuaciones y establece acciones de mejora”, y otra intermedia que permite algunas actuaciones.
Asimismo, se establecen zonas de mejora ambiental, en las que se prevén acciones para mejora de ecosistemas o recuperación de áreas degradadas, zona forestal, agroganadera y campiña, y, por último zonas de uso especial que integran las playas urbanas.
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