La Ley de Suelo no Urbanizable ha introducido la posibilidad de que los municipios reserven suelo no urbanizable para VPO
Redaccion | Lunes 20 de octubre de 2014
El conseller de Territorio y Vivienda, Rafael Blasco, aseguró que, debido a la "prioridad" que el Consell le ha dado a la vivienda social, la Ley de Suelo no Urbanizable ha introducido la posibilidad de que los municipios reserven suelo no urbanizable para la creación de viviendas protegidas de nueva construcción.
Blasco mostró, en un comunicado, su satisfacción por el "amplio consenso alcanzado en la elaboración de esta Ley, que ya ha sido aprobada por el pleno para su remisión a las Cortes y ha contado con el respaldo tanto de los agentes económicos y sociales como por el Consejo Jurídico Consultivo, el Consejo Económico y Social y el propio Consejo Asesor y de Participación del Medio Ambiente".
"La nueva Ley -explicó Blasco- se desarrolla a través de cinco ejes fundamentales como son la concepción positiva del Suelo no Urbanizable, la racionalización en la ocupación del territorio, el apoyo al medio rural, la visión solidaria y coherente del territorio, así como la descentralización y cooperación". Según fuentes de la Conselleria, la nueva normativa califica y ordena el suelo no urbanizable en dos categorías: el suelo no urbanizable protegido (parques naturales, humedales y paisajes protegidos, entre otros) y el Suelo No Urbanizable Común, que constituye la base de la economía agraria y la matriz del paisaje. "La Ley tiene, entre sus principales objetivos, garantizar la sostenibilidad del desarrollo territorial, por lo que se convertirá en un instrumento que asegure la conservación y restauración de los espacios de interés, los recursos naturales y los valores paisajísticos, históricos y científicos que contiene el territorio", continuó. Establece los usos propios de los terrenos rústicos, bien en función de los valores que se pretende preservar, bien porque se trate de terrenos inadecuados para el desarrollo urbano. El conseller matizó que en el caso del suelo no urbanizable protegido "todas las implantaciones, usos, construcciones y actividades se subordinarán, según establece la nueva ley, al objetivo de la conservación de los valores naturales, así como a su uso y disfrute colectivo".
Una de las apuestas principales de la nueva legislación en materia de suelo no urbanizable es promocionar el desarrollo rural, dado que en estos municipios reside el cinco por ciento de la población total de la Comunidad Valenciana, mientras que gestionan más de un sesenta por ciento del territorio. Entre otras novedades, la Ley del Suelo No Urbanizable potenciará, mediante la Declaración de Interés Comunitario, la implantación de actividades turísticas, deportivas, de ocio y esparcimiento, que se dirigirán hacia las zonas con menos posibilidades de desarrollo urbanístico. Otra medida concreta prevista en la ley es que se proporcionará un tratamiento específico a la vivienda rural anexa a la explotación agrícola, ya que no se les exigirá la parcela mínima general sino la unidad de cultivo.
En las transformaciones ilegales de hasta 100 hectáreas de superficie, se pagarán multas de 6.000 euros por hectárea, que aumentarán a los 9.000 euros por hectárea en las transformaciones ilegales de regadíos de entre 100 y 200 hectáreas, y a 12.000 euros cuando afecten a más de 200 hectáreas de superficie. Con independencia de las sanciones previstas, el promotor de la transformación en regadío estará obligado a legalizar su actuación y, en caso de que ello no fuera posible, tendrá que restituir a su situación anterior los terrenos afectados.
Para imponer las sanciones serán competentes los ayuntamientos, en multas de cuantía inferior a 300.000 euros, la Conselleria de Agricultura, en multas de cuantía igual o superior a 300.000 euros e inferior a 600.000 euros, y el Gobierno Valenciano, en multas de cuantía igual o superior a 600.000 euros.