AUTONOMÍAS

Condenan a la Generalitat a pagar 81.300 euros a una constructora por la demora de una certificación de obra

Adjudicó la construcción del edificio en mayo de 1996

Redaccion | Lunes 20 de octubre de 2014
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a la Conselleria de Enseñanza de la Generalitat a pagar un total de 81.300 euros a una empresa constructora por haber tardado más de dos meses en abonar las certificaciones de las obras correspondientes a un instituto en Castelldefels, Barcelona.

La Generalitat adjudicó la construcción del edificio a la empresa en mayo de 1996, pero no entregó la correspondiente certificación antes de los dos meses indicados según la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En el fallo, el TSJC señala que la demora "constituye a la Administración en mora", y obliga a la Generalitat a pagar, además, los intereses de demora.

La empresa de construcción reclamó el pago de los intereses de demora a la Conselleria de Enseñanza, que ésta desestimó. La Generalitat alegó que su actuación se regía por la Ley de Finanzas Públicas de Catalunya, algo que el TSJC considera inaplicable ya que se trata de una ley que "contiene una regulación genérica de las obligaciones de la Hacienda de la Comunidad Autónoma".

Según la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Alto Tribunal catalán, esta regulación es paralela "a la que, en el ámbito estatal, se establece en la Ley General Presupuestaria", por lo que señala que, en este caso, "debe atenderse prioritariamente a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Estado".

El TSJC estima la solicitud de la constructora, aunque señala que en la cantidad no puede incluirse el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de la cantidad reclamada, y fija la cuantía a pagar en los 81.300 euros.